Radio Hit

Coatzacoalcos, Ver., México cabina@radiohit.com.mx 212-0775 y 212-9914
  • Quienes somos
    • Radio Hit •La Xplosiva 92.3FM
    • Cobertura Geográfica
    • Código de Ética
    • Derecho de Réplica
    • Aviso de Privacidad
  • Servicios
  • Programación
  • Noticias
    • Locales
    • Estatales
    • Nacionales
    • Deportes
    • Espectáculos
    • Todas la Noticias
Radio Hit La Xplosiva 92.3 FM
jueves, 03 septiembre 2020 / Publicado en Estatales

Congreso avala reformas a Códigos Financiero y de Procedimientos Administrativos

El Congreso del Estado de Veracruz avaló reformas a Códigos Financiero y de Procedimientos Administrativos, la aprobación atiende a una iniciativa presentada por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez el 30 de enero.

A continuación lo que se detalla en un comunicado:

Las diputadas y diputados de la LXV Legislatura del Estado de Veracruz aprobaron el dictamen de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Financiero y que reforma diversas disposiciones del código de procedimientos administrativos.

El dictamen aprobado con 36 votos a favor, es resultado de la iniciativa presentada ante el Pleno por el Gobernador del Estado, Cuitláhuac García Jiménez, el pasado 30 de enero.

La Comisión Permanente de Hacienda Estatal, determinó como viable la modificación al Código Financiero de Veracruz, respecto al Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje que plantea la reforma del artículo 73 fracción VII, para que deje de formar parte de los impuestos a los que se aplican infracciones con multas cuantificadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA), por no presentar oportunamente dictamen de contador público autorizado, toda vez que los contribuyentes de este impuesto no se encuentran obligados a presentar el dictamen referido.

Asimismo, se reforma el artículo 104 fracción III del Código se faculta a las autoridades fiscales estatales para emitir las Reglas de Carácter General a las que deberá sujetarse la elaboración del dictamen que presenten los contadores públicos autorizados y que es esencial para otorgar certeza jurídica a sujetos obligados de dicho impuesto, brindando uniformidad y accesibilidad a la interpretación de la norma fiscal.

En el mismo sentido, se realizó la corrección de los artículos 151 fracción XI y 152 primer párrafo del mismo Código, en relación con los servicios catastrales que presta directamente la Dirección General de Catastro de la Secretaría de Gobierno (Segob) y no la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan), lo que deriva en dar certeza jurídica a los ciudadanos respecto de los trámites que deban de realizar en materia de catastro.

Además, se aprobó la reforma al artículo 153 apartado B, segundo y último párrafo para establecer que los ingresos que se recauden por la venta de certificados holográficos se destinen al Fondo Ambiental Veracruzano en el porcentaje establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal correspondiente, además en el último párrafo se precisa el nombre del Fondo Forestal Estatal que se encuentra establecido en la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable.
Del mismo modo, las dependencias centralizadas y entidades paraestatales de la administración pública estatal, los Poderes Legislativo y Judicial, los organismos autónomos y demás entes públicos estatales, deberán reintegrar a la Secretaría de Finanzas y Planeación dentro de los 10 días hábiles siguientes al 31 de diciembre del ejercicio presupuestal inmediato anterior, los recursos públicos estatales que no hubieran sido devengados.

Lo anterior, en razón que se relaciona con la asignación de los recursos a los entes públicos que no pueden dejar de cumplir con sus objetivos sin rebasar las asignaciones aprobadas en sus respectivos presupuestos anuales, ni utilizarlos para otros fines, salvo que cuenten con autorización correspondiente de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

En cuanto a la reforma del artículo 193 tercer párrafo del Código de Procedimientos Administrativos, se avaló el cambió a la referencia a salarios mínimos por el de Unidad de Medida y Actualización (UMA) que en su tercer párrafo decía equivalente al salario mínimo general vigente elevado al año.

En la reforma precitada se omitió la frase “elevada al año”, consecuentemente este párrafo resulta contradictorio con el contenido del mismo, por lo que para su debida aplicación se considera necesario redactarlo en los términos originalmente aprobado para señalar que el monto máximo por gastos de ejecución será el de la UMA elevada al año.

Con estas modificaciones se otorgará certidumbre jurídica a los administrados respecto de los límites de actuación de los servidores públicos; precisar facultades de autoridades fiscales para el fortalecimiento de la Hacienda Pública y favorece la administración de los recursos públicos de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

FUENTE: XEU NOTICIAS

Noticias relacionadas

La transformación requiere de congresos aliados, como en Veracruz: Gómez Cazarín
Se continúan certificando negocios que cumplen con protocolos sanitarios en Agua Dulce
Elimina SEV carga administrativa innecesaria y simplifica programas educativos

Posts recientes

  • En Veracruz, la mejor respuesta en protección civil es anticiparse y salvar vidas

    En el marco del Día Nacional de Protección Civi...
  • Gobierno de México anuncia que el sorteo “México con M de Migrante” de Lotería Nacional es el más exitoso del año

    El Gobierno de México, a través de la Lotería N...
  • Aprueba Comisión de Periodistas programa de trabajo para segundo año

    La Comisión Permanente de Atención y Protección...
  • Coatzacoalcos se suma al simulacro nacional del 19 de septiembre; alerta llegará por celular

    Este viernes 19 de septiembre, la población de ...
  • Sesiona la Comisión Permanente de Vigilancia

    La Comisión Permanente de Vigilancia de la LXVI...

Comentarios recientes

    POR FECHA

    • septiembre 2025
    • agosto 2025
    • julio 2025
    • junio 2025
    • mayo 2025
    • abril 2025
    • marzo 2025
    • febrero 2025
    • enero 2025
    • diciembre 2024
    • noviembre 2024
    • octubre 2024
    • septiembre 2024
    • agosto 2024
    • julio 2024
    • junio 2024
    • mayo 2024
    • abril 2024
    • marzo 2024
    • febrero 2024
    • enero 2024
    • diciembre 2023
    • noviembre 2023
    • octubre 2023
    • septiembre 2023
    • agosto 2023
    • julio 2023
    • junio 2023
    • mayo 2023
    • abril 2023
    • marzo 2023
    • febrero 2023
    • enero 2023
    • diciembre 2022
    • noviembre 2022
    • octubre 2022
    • septiembre 2022
    • agosto 2022
    • julio 2022
    • junio 2022
    • mayo 2022
    • abril 2022
    • marzo 2022
    • febrero 2022
    • enero 2022
    • diciembre 2021
    • noviembre 2021
    • octubre 2021
    • septiembre 2021
    • agosto 2021
    • julio 2021
    • junio 2021
    • mayo 2021
    • abril 2021
    • marzo 2021
    • febrero 2021
    • enero 2021
    • diciembre 2020
    • noviembre 2020
    • octubre 2020
    • septiembre 2020
    • agosto 2020
    • julio 2020
    • junio 2020
    • mayo 2020
    • abril 2020
    • marzo 2020

    Categorías

    • Coronavirus
    • Deportes
    • Elecciones
    • Espectáculos
    • Estatales
    • Internacional
    • Locales
    • Nacionales
    • Radio Hit Noticias

    1960 Radio Hit ¡La Xplosiva! 92.3FM
    Av. Guerrero 202 Sur, Zona Centro, Coatzacoalcos, Ver., México
    Cabina: (921) 212-0775, 212-6705
    Ventas: (921) 212-2167, 212-9844

    RADIO HIT

    • Quienes somos
    • Servicios
    • Programación
    • Cobertura Geográfica
    • Código de Ética
    • Derecho de Réplica
    • Aviso de Privacidad

    NOTICIAS

    • Coronavirus
    • Locales
    • Estatales
    • Nacionales
    • Deportes
    • Espectáculos
    • Todas la Noticias

    RADIO HIT EN VIVO

    SÍGUENOS EN

    Potenciado por INDIGO.com.mx.

    SUBIR